Toda su documentación queda destruida de forma eficiente
RÁPIDEZ
EFICACIA
CONFIANZA
Destrucción P2 a P3
Destrucción P4 a P6
Destruimos sus documentos según dispone la
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Articulo 1. Objeto
La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.
- Articulo 45. Tipos de Infracciones
1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 900 a 40.000 euros.
Número 1 del artículo 45 redactado por el apartado tres de la disposición final quincuagésima sexta de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible («B.O.E.» 5 marzo).Vigencia: 6 marzo 20112. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 40.001 a 300.000 euros.
Número 2 del artículo 45 redactado por el apartado tres de la disposición final quincuagésima sexta de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible («B.O.E.» 5 marzo).Vigencia: 6 marzo 20113. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 300.001 a 600.000 euros.
Número 3 del artículo 45 redactado por el apartado tres de la disposición final quincuagésima sexta de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible («B.O.E.» 5 marzo).Vigencia: 6 marzo 2011